POR AMOR AL ARTE/ La industria creativa mexicana

Por Elizabeth Ambríz Olavarria, presidenta de la Sociedad Mexicana de Autores de las Artes Plásticas (SOMAAP).

El 80% de las industrias creativas mexicanas son pequeñas y medianas empresas que dan trabajo a más de tres millones de familias mexicanas. En este momento, los embates de la tecnología digital y de la piratería, orillan a este sector en decrecimiento constante, cuando hasta hace una década aportaban al Producto Interno Bruto (PIB) el 8%.
¿Qué ocurre ahora?
La ilegalidad en los productos culturales propicia que los autores no cuenten con un nivel de vida óptimo para crear. Existe una deuda histórica por la falta de regulación del derecho a una remuneración compensatoria por copia privada. Esto resulta inaudito.
Más aún si consideramos que derivado de la firma del T-MEC, México reformó su legislación en Derechos de Autor, Propiedad Intelectual y Código Penal Federal en el entorno digital para cumplir con los estándares internacionales.
Esto representa notables avances en el ámbito musical, por ejemplo:
Como parte de las reformas en materia de Derechos de Autor, se implementó el mecanismo de Aviso y Retirada bajo el cual se removieron, desde el 1 de julio de 2020, un total de 29 millones, 154 mil 693 canciones no autorizadas en internet. Con esta acción México ocupa el 2º lugar en remociones a nivel mundial de la industria musical, sólo detrás de Reino Unido.
Asimismo, la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, o Ley de Patrimonio Cultural, busca registrar, clasificar y documentar las expresiones culturales tradicionales (ECTs) de las comunidades indígenas, aunque aún no se define el otorgamiento de autorizaciones, lo que genera inseguridad jurídica para algunas industrias.
Otra de las legislaciones que entraron en vigor en el país fue la Ley General de Bibliotecas que establece sean depositadas copias de obras de fonogramas en la Biblioteca del Congreso, Biblioteca de México y la Biblioteca Nacional, lo que podría generar incompatibilidad con la protección de derechos de autor.
Ante este panorama, son cruciales las sociedades de gestión colectiva en el país, mismas que impulsaron la reforma sobre el derecho de remuneración compensatoria por copia privada, que fue rechazada en el Congreso en abril de 2021.
Vivimos, en sí, una era crucial para generar las condiciones que nos permitan la justa remuneración a los creadores y logremos juntos, como sociedad, aportaciones trascendentales en la vida económica y cultural del país.
Son momentos trascendentales: aún no concluye la pandemia que disminuyó significativamente la recaudación por derechos de autor y dejó a los creadores en una situación económica delicada. La remuneración por concepto de Copia Privada es esencial.

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