Con el objetivo de tipificar como delito las amenazas en que pudieran incurrir las y los servidores públicos, al utilizarlas para inhibir las denuncias que pudieran presentarse por diversas conductas relacionados a la corrupción, la diputada del PRD, Elizabeth Pérez Valdez impulsa una iniciativa para reformar el Código Penal Federal.
Propone adicionar un párrafo cuarto al artículo 282 de este ordenamiento jurídico, a fin de establecer que “se aumente la pena hasta en una mitad cuando el delito (amenazas) sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones”, es decir, pasarán de cuatro a ocho años de prisión a seis a 12 años, en cada caso y de 100 a 300 días de multa a 150 y 450 días, respectivamente.
“Asimismo, se le impondrán, a las y los servidores públicos que incurran en amenazas, además de las penas señaladas, la destitución del empleo y se le inhabilitará de uno a diez años para desempeñar cargo o comisión públicos”, propone la iniciativa.
La legisladora Pérez Valdez señala que, de acuerdo con el Código Penal Federal vigente, los delitos previstos en este artículo se perseguirán por querella, con excepción del establecido en el párrafo anterior que se perseguirá de oficio.
La diputada federal por la Ciudad de México destacó que tipificar esta conducta delictiva de las y los servidores públicos es fundamental, porque su combate fortalece las instituciones y evita los vicios en la gestión pública.
Destacó que es indispensable combatir toda forma de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas, así como los actos de corrupción específicamente vinculados con tal ejercicio, como lo es del delito de “amenazas”.
Pérez Valdez precisó que la presente iniciativa constituye un avance esencial para cumplir los compromisos firmados, ratificados y asumidos por México, como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción, que señalan el compromiso de crear, mantener y fortalecer las normas para el correcto y adecuado cumplimiento del servicio público.
Resaltó que “es nuestra obligación dar certeza para que las y los ciudadanos puedan acudir a cualquier institución o servidor público sabiendo que cumplirán con la obligación que les fue encomendada y que, de no ser así, podrán acudir a las instancias adecuadas para ejercer su derecho”.
En la exposición de motivos, refiere que el Código de Ética de la Administración Pública Federal, Capítulo II de los Principios del Servicio Público, artículo 5, relativo a los Derechos Humanos, resalta que todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en las dependencias y entidades, conforme a sus atribuciones y sin excepción, deben promover, respetar, proteger y garantizar la dignidad de todas las personas.
Para lo cual, las personas servidoras públicas deben evitar conductas como el menoscabar la dignidad de las personas y cualquier tipo de discriminación.
La propuesta se remitió a la Comisión de Justicia para su análisis y dictamen.