La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) llamó a empresas e inmuebles para cumplir las disposiciones de la nueva Ley de Publicidad Exterior, y retiren los anuncios que se encuentran en azoteas, además de aquellos que se proyectan sobre plásticos, lonas o fachadas, entre otros, advirtiendo que quienes no cumplan se harán acreedores a sanciones que pueden ser de corte penal, administrativo y económico.
A una semana que concluya el periodo para que sean cumplidas las disposiciones de la nueva Ley se instó a las empresas e inmuebles a que cumplan las disposiciones antes del próximo 6 de junio.
“Fue hace un año cuando las reformas tuvieron luz verde, porque lo que las integrantes del ramo han tenido 365 días para regularizarse. Así, quienes no se encuentren en regla recibirán hasta seis años de prisión, sin olvidar que se harán acreedores a una considerable multa. Nuestra prioridad es garantizar la seguridad de la ciudadanía, así como el disfrute del espacio público”, aseguró el titular de la dependencia, Carlos Ulloa.
Tal como se lee en el capítulo cuarto de la citada Ley, se impondrán de tres a seis años de prisión, además de una multa de 500 a 15,000 veces la Unidad de Medida y actualización vigente, a quienes recurran a anuncios en azoteas, instalados o pintados en cerros, bordes de ríos, bosques; a aquellos autosoportados fuera del marco legal; envolventes; pintados o adheridos a fachadas que no sean denominativo; además de aquellos que se proyectan sobre plásticos, lonas o fachadas, los que atenten contra la dignidad de las personas; además de los que aparezcan en zonas de conservación ecológica.
“Las sanciones no solo serán para las compañías del sector, pues aquellos que permitan colocaciones fuera de la Ley en sus inmuebles, también podrán recibir de tres a seis años de sanción y serán penalizados con una multa de entre 6,000 y 15,000 veces la Unidad de Medida, al igual que quienes posean administren, usen o disfruten de una grúa para estos fines”, precisó Ulloa Pérez.
Asimismo, el titular de Seduvi indicó que los servidores públicos que emitan autorizaciones o permisos en contravención a la norma serán sancionados con responsabilidades administrativas, civiles o penales.
“Como es sabido el Reglamento recién publicado dicta la existencia de un Registro de Publicistas y Catálogo de Medios Publicitarios, por lo que quienes incumplan con las características de sus permisos deberán cubrir de 12,000 a 15,000 veces la Unidad de Medida; aunado a que quienes incurran por segunda ocasión en esta falta, no solo deberán cubrir una multa por doble del monto previo, pues también deberán retirar el medio publicitario y asumir el costo correspondiente”, comentó.
Por último, Carlos Ulloa precisó que las penalizaciones serán también de 12,000 a 15,000 veces la Unidad de Medida (UMA) para cualquiera que intervenga en la comercialización y retiro de anuncios sin contar con el respectivo permiso administrativo temporal revocable, además que se les arrestará de 24 a 36 horas.