Un juez desechó la demanda de amparo que tramitó Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, contra el cierre de la investigación en el caso de los videos donde fue captado recibiendo dinero en efectibo.
Pío se quedó ante un Tribunal Colegiado por la decisión del juez que calificó su demanda de “notoriamente improcedente” respecto del acto reclamado que se hizo consistir en la dilación de realizarse diversas diligencias solicitadas.
En diciembre de 2022, el quejoso recurrió a la protección de la justicia contra el acuerdo de la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (Fisel), “mediante el cual omite dar respuesta a la solicitud de diligencias y el impedimento para seguir la investigación”, de la que fue exonerado el año pasado.
El Juzgado Decimosexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México admitió a trámite el recurso y dio al hermano del Presidente un plazo de cinco días para que precisara si el objetivo era combatir el no ejercicio de la acción penal decretado por la Fisel en 2022.
Cabe recordar que la Fiscalía Especializada concluyó que no había un delito electoral por las grabaciones en la que el hermano del presidente aparecía en video recibiendo dinero en efectivo de David León Romero, extitular de la Coordinación Nacional de Protección Civil.
La Fisel determinó que faltaban elementos de prueba, por lo cual resolvió el no ejercicio de la acción penal contra Pío Lorenzo López Obrador y David León Romero por delitos electorales.
Ahora será el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito resolverá si es procedente la queja.