La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de la reforma eléctrica impulsada por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.
Con la decisión, tomada por tres votos a favor en la Segunda Sala de la SCJN, se establece un precedente para los numerosos amparos presentados por empresas privadas en contra de las modificaciones legislativas propuestas en 2021.
La reforma, que buscaba favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre los generadores privados, otorgaba prioridad a la energía generada por la CFE en el sistema eléctrico, relegando a un segundo plano las energías renovables. Además, eliminaba subastas para adquirir energía a mejores precios, las figuras de autogeneración para vender electricidad y los certificados de energía limpia.
El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán considera que los siete artículos principales de las modificaciones violan el marco establecido desde 2013 por el expresidente Enrique Peña Nieto en la Ley de la Industria Eléctrica.
La sentencia destaca que favorecer a un grupo específico de centrales distorsiona la competencia y libre concurrencia, obstaculiza la formación de un nuevo mercado, desincentiva la participación de nuevos agentes y rompe con el mandato de neutralidad.
Aunque el amparo fue promovido por seis empresas privadas, la decisión evita generar distorsiones en el mercado de generación eléctrica y beneficia únicamente a las quejosas. La votación se llevó a cabo después de que el gobierno mexicano impidiera abordar otros proyectos de sentencia.
Esta no es la primera vez que la SCJN resuelve en contra de la reforma eléctrica, ya que la Primera Sala también había declarado su inconstitucionalidad desde 2022, respaldando los amparos otorgados por jueces federales desde 2021.
El voto decisivo lo proporcionó el ministro Pérez Dayán como presidente de la Segunda Sala.