Senado aprueba ley para garantizar pensiones alimenticias infantiles

El Senado de la Republica, aprobó las reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias; antes lo cual Ricardo Monreal aseguró que se tratado de “un hecho inédito, justiciero y necesario”.

A través de redes sociales, el líder de la bancada de mayoría en el Senado, resaltó que el dictamen aprobado provee los instrumentos, acciones y políticas necesarias para garantizar los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes en nuestro país.

Es fundamental, consideró, garantizar dicho derecho familiar, porque este incluye: satisfacción de las necesidades de sustento, supervivencia y en especial alimentos, nutrición, vestido, habitación, recreación, atención médica y psicológica preventiva, y también la salud, asistencia médica y hospitalaria y en su caso, gastos de embarazo y parto.

Asimismo, agregó, los gastos derivados de la educación, la formación para proporcionar un oficio, arte y profesión o con relación a los menores con algún tipo de discapacidad o interdictos.

Ricardo Monreal explicó que, las autoridades de los tres órdenes de gobierno, dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, para procedimientos y tramitaciones como:

La obtención de licencia, permiso para conducir, pasaporte, documentos de identidad y viajes para participar en algún evento; así como para participar como candidatos a cargos concejiles o de elección popular.

De igual forma, subrayó, se solicitará dicho certificado para participar en procesos de selección para asumir el cargo de juez o magistrado, en el ámbito local y federal.

Precisó que en los trámites realizados ante notario público, también puede haber restricciones, como los relativos a la compra-venta de inmuebles o la constitución o transmisión de derechos reales.

Indicó que se requerirá el certificado para las solicitudes de matrimonio, donde el juez deberá hacer del conocimiento de los contrayentes si alguno se encuentra en el Registro y la situación que guarda respecto a sus obligaciones alimenticias.

Finalmente, apuntó, se incorpora la previsión relativa a medidas de restricción migratoria, con el objeto de impedir que las personas inscritas en el Registro Nacional, pueda salir del país cuando sean deudores alimentarios morosos o cuando existan medios que determinen hay riesgo de que puede salir del país, para incumplir su responsabilidad.

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